jueves, 27 de febrero de 2014

subvenciones no, pagos por servicios ambientales prestados

Desde el año 2002, una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo deja bien claro que las políticas de incentivación tecnológica de las fuentes renovables (las políticas denominadas de Feed-In-Tariff o FIT) no son subvenciones de Estado, sino pagos por servicios ambientales prestados de acuerdo con las políticas europeas de protección del medio ambiente.

Por tanto, no pueden ser consideradas subvenciones ni ayudas de Estado y deben ser incluidos en costes asociados a la generación, transporte y distribución y no en la parte considerada por los oligopolios como ‘costes ajenos al suministro eléctrico’ como reza el anuncio de Iberdrola o como ‘subvenciones que no tienen que ver con el suministro de la luz’ según reza el anuncio de Endesa.


Pep puig

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